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El favoritismo discriminatorio del sistema electoral: la ley D´Hondt

  • Foto del escritor: Sara Becerro Alonso
    Sara Becerro Alonso
  • 13 abr 2019
  • 5 Min. de lectura

Actualizado: 19 jun 2019

Como señala la Constitución, el sistema electoral español se basa en la Ley D'Hondt y en la circunscripción electoral, asignando un mínimo de representación por circunscripción y el resto de escaños, en función a la población, exceptuando a Ceuta y Melilla que solo cuentan con 1. El periodo de mandato está establecido en cuatro años.


El sistema electoral español se concreta con los arts. de la : 162.1 (número de diputados fijado en 350), 162.2 (mínimo de dos escaños por provincia exceptuando a Ceuta y Melilla, con uno), 163.1 (fórmula D'Hondt, con un umbral mínimo de 3 por 100 de los votos en la circunscripción para que un partido pueda obtener escaño).



Fuente: https://slideplayer.es/slide/5431447/. Pincha en la foto para acceder al Artículo completo.


Por ende, en España cada comunidad autónoma y cada provincia cuenta con un número de diputados en función de su población y del reparto por la ley D´Hondt que por definición es: “un sistema electoral de cálculo proporcional que divide el número de votos emitidos para cada partido entre el número de cargos electos con los que cuenta cada circunscripción”. Dicha ley, otorga a cada circunscripción dos diputados y el resto se asignan en función de la población existente en el lugar (excepto Ceuta y Melilla que cuentan con un diputado cada una).



¿En qué consiste la Ley D´Hondt?


“El sistema favorece la formación de partidos que obtengan más del 20 por 100 de los votos en el territorio nacional o autonómico y penaliza porcentajes menores".

Fuente: youtube.com

La ley D´Hondt divide el número total de votos que ha recibido un partido entre el total de los cargos electos que se disputen en cada circunscripción. Las provincias con más representación son Madrid, con 36 diputados y seguida de Barcelona con 31. Comunidades como Andalucía o Castilla y León también obtienen números altos de representación. Por el contrario, la comunidad con menor representación es Soria, con 2 diputados; u otras como Cáceres o Burgos que cuentan con 4.


Eso sí, para poder aspirar a obtener representación, hay que lograr un mínimo del 3% del total de los votos. En caso de empate, el escaño se le otorga a la formación con mayor número de votos. El número de diputados que se asignan a cada circunscripción también es proporcional según el número de habitantes.


Como afirma Jesús Mario Bilbao Arrese, el sistema favorece la formación de partidos que obtengan más del 20 por 100 de los votos en el territorio nacional o autonómico y penaliza porcentajes menores.



Fuente: elaboración propia.


Por Comunidad Autónoma vemos como con nuestro sistema electoral con conseguir el voto en ciertas circunscripciones, pueden llegar a gobernar el Congreso de los Diputados. Comunidades como Madrid, Cataluña, Valencia, Andalucía o Castilla y León cuentan con un gran número de diputados que suponen un porcentaje alto de la representación. Por tanto, ¿deberían repartirse los escaños de otra manera?



Fuente: elaboración propia.

Así es como responde a lo anterior Jesús Sérvulo González en un artículo para El País, medio del que es Jefe de Sección de Economía: “La particularidad de la ley electoral española con circunscripciones provinciales, en las que se aplica el sistema D`Hont, hace que el número de votos necesarios para conseguir un escaño varíe en cada provincia. El sistema electoral, diseñado para premiar a los partidos mayoritarios, castiga la dispersión del voto por circunscripciones y favorece la concentración en las provincias”.


Cada provincia, con sus escaños también cuenta con un porcentaje de representación respecto al total.








Fuente: elaboración propia.


"Sinceramente, me gustaría votar a otro partido pero con este sistema no puedo" Victoria, 26 años.

En definitiva, conclusiones ya sacadas por distintas investigaciones, entre ellas la de Jesús Mario Bilbao Arrese, en la que nos hemos centrado para indagar en este tema, podríamos decir que el sistema electoral español favorece a los dos partidos políticos mayoritarios, PP y PSOE y discrimina a los que obtienen un tercer o cuarto puesto, como Podemos y Ciudadanos y además a los que tienen mucho peso en una Comunidad Autónoma concreta.


Los partidos con grandes apoyos sociales, tienen más difícil el alcance de escaños, según el citado autor, por lo que “se desperdician un gran número de votos”, sentencia.


Como ejemplo, estas tres premisas dan como resultado que el voto de ciudadanos de provincias como Soria (la única con representación de 2 escaños), Cuenca o Palencia (que tienen 3), si votan al partido ganador en unas elecciones generales, vale cuatro veces más que el voto de los ciudadanos de Madrid, con 36 diputados, o Barcelona con 31, que voten a un partido que ocupe un tercer o cuarto puesto en el ámbito estatal.



Fuente: elaboración propia.


Respecto a este tema, otra de las sentencias de Arrese, es que “los votos no tienen el mismo valor” y que el sistema electoral español tiene “tasas importantes de desproporcionalidad”, además de citar el reparto desigual de escaños entre partidos políticos, ya que “algunos necesitan más votos que otros”.


“España se caracteriza por ser uno de los países con más alta tasa de desproporcionalidad. Algunos expertos sostienen que el sistema electoral español recoge los fallos de los dos sistemas electorales clásicos —el mayoritario y el proporcional— y ninguna de sus ventajas”, sentenció en 1994.


Otro de los ejemplos, es el partido animalista PACMA, que obtuvo 286.702 votos en las elecciones de 2016 pero no obtuvo ninguna representación al suponer el 1.19% de los votos nacionales. Votos que estaban repartidos por todo el territorio y que no lograron llegar a sacar un 3% de representación en ninguna Comunidad Autónoma; a lo que, por el contrario, el Partido Nacionalista Vasco (EAJ-PNV) con 287.014 votos y también un 1,19% de la representación de votos nacionales, es decir, con tan sólo 312 votos más, consiguió 5 escaños en el Congreso de los Diputados debido a que sus votantes están más concentrados en las provincias pertenecientes al País Vasco.


Según Ramón Soriano y Carlos Alarcón en “Las elecciones en España: ¿votos iguales y libres?” en el año 2001, el sistema mayoritario con el que contamos “facilita la personalización del voto y la estabilidad del gobierno, pues favorece a los grandes partidos”. Aunque el sistema cuenta con algunas virtudes como la “contribución a la estabilidad política y la gobernabilidad”, ambos autores afirman que no existe proporción entre los escaños y votos de cada partido, calificándolo como “falta de justicia electoral”. La gran cantidad de votos que no obtienen representación, forman parte de este sistema mayoritario que “acepta como norma la dosis de justicia electoral que supone este sistema”.


Teniendo en cuenta todas las premisas expuestas anteriormente, no queda ninguna duda que asistimos a la primera desigualdad ya a la hora de elegir el partido político que nos gobierna, beneficiando más a los partidos mayoritarios y perjudicando a los partidos más pequeños. Y por ello, perjudicando a la población en cuanto a su derecho de ejercer, el voto que realmente quieren y no en función de la población o de la provincia dónde voten. El sistema empieza fallando desde el principio.


Victoria, de 25 años y votante en un pueblo de Cáceres comenta que votó al PSOE por considerarlo “voto útil”, frente a otras opciones políticas por las que se sentía más representada: “Sinceramente, me gustaría votar a otro partido, pero con este sistema no puedo realmente realizar mi derecho a voto como quiero porque en mi comunidad, sólo obtienen representación los partidos mayoritarios”.

 
 
 

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