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¿Quién puede optar a un cargo político? La nacionalidad importa

  • Foto del escritor: Sara Becerro Alonso
    Sara Becerro Alonso
  • 13 abr 2019
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 19 jun 2019

Junto con la paridad entre hombres y mujeres, otra de las características que se exploran es la que concierne a la nacionalidad de los representantes: ¿hay algún diputado que conste como extranjero, en situación regular, dentro de la cámara? ¿Pueden acceder mediante unas elecciones representando a un partido político a un cargo político? La respuesta es no.


Los extranjeros residentes en España tienen derecho a votar en elecciones municipales si están empadronados en un municipio; también a estar incluidos en el padrón si tienen el domicilio habitual en dicho municipio y, además, podrán tomar partido en los asuntos que les afecten según las distintas normativas, pero no se les permite votar en las elecciones generales ni tampoco optar a un cargo político. Todo ello, se encuentra recogido en el artículo 6 de la Ley Orgánica 4/2000.


Fuente: BOE.


Sólo pueden votar, tal y como indica la ley, los españoles residentes en España, que componen el CER (Censo Electoral de Españoles Residentes), y los electores españoles que viven en el extranjero mediante previa solicitud, que componen el CERA (Censo de los Electores Residentes-Ausentes que viven en el extranjero).


Fuente: maldita.es

Según los datos ofrecidos por el INE, los extranjeros registrados en España, legalmente, que constan en los registros, suman un total de 4.734.691 personas, con cifras que no distan mucho entre hombres y mujeres, y que supone un 10,13% de la población total. Según estos datos, las cifras más altas de residentes se encuentran entre la población procedente de Colombia y Ecuador.


Dicho porcentaje representa un alto número de personas en el país que no pueden ejercer ningún tipo de derecho, incluso personas que han nacido dentro del territorio español, pero son hijos/as de inmigrantes y por ello no se les concede ese derecho. O personas que llevan residiendo en el país durante muchos años, aportan los mismos impuestos, se rigen bajo las mismas leyes que cualquier español, pero que no tienen derecho a decidir sobre los mandatarios en España y mucho menos, optar a un cargo político.


“Muchas personas que vivimos aquí no estamos representadas, y tampoco se nos da la opción de elegir. Por tanto, no somos todos iguales”.

Dentro del Congreso de los Diputados tenemos algunos ejemplos de extranjeros que ostentan cargos, aunque bajo la nacionalidad española, es decir, no constan como extranjeros en los registros, pero su procedencia lo es. Son los siguientes:




Ana María Surra i Spadea: pertenece al grupo parlamentario Esquerra Republicana. Obtuvo la nacionalidad española por residencia. Nació en Montevideo (Uruguay).







Mohammed Chaib Akhdim: pertenece al Partido Socialista. Es nacido en Tánger (Marruecos)







Teófilo de Luis Rodríguez: pertenece al Partido Popular y nació en La Habana, Cuba.







Íñigo Méndez de Vigo: pertenece al Partido Popular. Ha sido Ministro de Educación, Cultura y Deporte en funciones y portavoz del gobierno. Nació en Tetuán cuando era territorio español.







Rita Bosaho: forma parte del grupo parlamentario Podemos. Nació en Guinea Ecuatorial cuando aún era territorio español. Se trata de la primera diputada negra dentro del Congreso de los Diputados







Melisa Rodríguez Hernández: pertenece al grupo Ciudadanos. Nació en la ciudad de Londres, Inglaterra.








Pedro Quevedo Iturbe: pertenece al grupo Nueva Canarias, enmarcado dentro del Grupo Mixto en el Congreso de los Diputados. Nació en Caracas, Venezuela.





Estos 7 representantes, si fuesen reconocidos como extranjeros presentes en el Congreso, representarían un 2,8% del total de los diputados. Porcentaje que aún así, no se acercaría a las cifras registradas de población.

Los principios básicos de la democracia liberal exigen que aquellos que contribuyen a una sociedad y viven bajo sus leyes participen en la toma de decisiones de tal sociedad, por lo tanto, ¿no deberían los extranjeros residentes y registrados en España que cumplan el requisito anterior tener el derecho al sufragio y a presentarse a cargos políticos?


Por las premisas anteriores y la falta de algunos datos sobre los extranjeros, no se puede establecer como filtro ni contar como característica que puedan tener en común población y dirigentes, ya que no cuentan con este tipo de derecho.


Daniel, es de nacionalidad venezolana y tiene 21 años. Vive en España desde que recuerda y afirma que nunca va a votar. “No tengo derecho a decidir quién va a gobernar el país en el que vivo, en el que me he criado y he estudiado, donde trabajo y donde pretendo quedarme. Sé que puedo votar en las municipales, pero tampoco lo hago. Sí no puedo en unas, no lo haré en otras”. Sentencia que no es partidario ni le gusta el sistema porque gracias a ello “muchas personas que vivimos aquí no estamos representadas, y tampoco se nos da la opción de elegir. Por tanto, no somos todos iguales”.

 
 
 

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© 2019 by Sara Becerro Alonso. 

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